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viernes, 2 de julio de 2010

LA JUSTICIA RECHAZÓ INDAGAR A ASAMBLEÍSTAS DE GUALEGUAYCHÚ

El juez de Concepción del Uruguay Gustavo Pimental, rechazó el pedido del Estado Nacional para que se cite a prestar declaración indagatoria a un grupo de asambleístas acusados de numerosos delitos como consecuencia del corte del puente.
Para dictar la resolución, el juez tuvo en cuenta el dictamen del fiscal, que consideró que “ el pretenso querellante (el Estado) ha incorporado una multiplicidad de valoraciones jurídicas carentes de correspondencia con otros episodios fácticos sobre los que pudieran actualmente recaer; constituyendo asimismo objeto de sustanciación en otra causa, la investigación de la muerte de Walter Alejandro Malucci”.
El Estado nacional había pedido la citación a indagatoria por hechos que califica como homicidio culposo, amenazas (art. 149 bis), amenazas agravadas (art. 149 ter), daños a bienes públicos, entorpecimiento del normal funcionamiento de los transportes (art. 194 bis), instigación a cometer delitos (art. 209), intimidación pública (art. 211), apología del delito (art. 213), otros atentados al orden público (art. 213 bis), delitos que comprometen la paz y la dignidad de la Nación (art. 219 in fine), atentados al orden constitucional y a la vida democrática (arts. 226 y 226 bis), sedición (arts. 230 y 232), atentado y resistencia contra la autoridad (arts. 237, 238 y 239) y encubrimiento (art. 277).
Según el juez, y al no haberse formalizado la requisitoria fiscal habilitante sobre un hecho diverso a aquel que fuera producto de las denuncias durante el lapso que se ha mantenido obstaculizado el tránsito en la Ruta Nacional 136 a la altura del Kilómetro 28, “ me he de expedir solamente sobre la procedencia de indagar a quienes se sindicara por la querella como intervinientes en el delito previsto en el artículo 194 del Código Penal ”.

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